¿En qué consiste el caso Cascadas?
- I9 de septiembre de 2014
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No tengo contrato de trabajo ¿Tengo los mismos derechos que si tuviera contrato por escrito?
Sí, porque el contrato de trabajo no requiere que sea escriturado para, que exista. El problema que existe es que en el caso de presentar una demanda, la relación laboral tendrá que ser robada por Ud., mediante algún documento que provenga del empleador y / o por testigos (al menos 2) que les conste donde usted trabaja.
¿Cuál es la diferencia entre un contrato de trabajo y un contrato a honorarios?
El trabajo a Honorarios se rige por las normas civiles y no por las leyes laborales. Por lo tanto el “empleador” no descuenta de lo que paga las cotizaciones previsionales y de seguridad social. Éstas quedan bajo la responsabilidad de quien presta el servicio. Para la persona contratada a honorarios tampoco tienen efecto las normas relativas al ingreso mínimo mensual, a los descansos, a la protección a la maternidad, y a la negociación colectiva, entre otros. Para trabajar bajo esta modalidad se debe contar con boletas.
Llegué al trabajo en la mañana y no me permitieron entrar a trabajar ¿Qué debo hacer?
Debe concurrir a la Inspección del Trabajo y dejar constancia de tal hecho, a fin de que no se le despida por una causal imputable a usted, como sería el no presentarse injustificadamente a trabajar en dos días seguidos.
Estoy enfermo y me dieron licencia médica ¿Qué debo hacer? ¿Tengo algún plazo?
Si, se debe presentar la licencia médica a su empleador, dentro de los dos primeros días de ausencia al trabajo y puede hacer este trámite cualquier persona a la que usted se lo solicite, si su condición de salud no le permite efectuarlo personalmente.
Mi empleador no quiso recibir mi licencia médica ¿Qué puedo hacer?
Debe ir a la Inspección del Trabajo a fin de que la reciban y oriente en la correcta tramitación.
¿Las horas extraordinarias que se trabajan siempre deben ser pagadas?
No siempre. Se consideran horas extraordinarias todas las trabajadas fuera de la jornada de trabajo pactada, pero sólo se pagan las pactadas o las que se efectuaron con conocimiento del empleador.
Estoy con licencia médica y mi empleador me mandó una carta en la que dice que me despide ¿Qué debo hacer?
El despido efectuado estando el trabajador con licencia médica, es nulo, por lo tanto se debe recurrir en forma inmediata a la Inspección del Trabajo a efectuar el reclamo correspondiente.
Tengo 4 meses de embarazo y mi empleador me despidió ¿Tengo algún derecho por estar embarazada?
Sí, por estar embarazada desde el primer día del embarazo y hasta un año después de expirado el pos-natal, la trabajadora goza de fuero maternal, por ende no puede ser despedida, sin que previamente el empleador solicite autorización al Tribunal y éste acceda a la solicitud de separación provisional del cargo, con suspensión o sin suspensión de remuneraciones y, por cierto, debe invocar alguna de las causales que contempla la Ley, imputable a la trabajadora.
¿Cómo opera el nuevo post natal?
El antiguo postnatal de 12 semanas se extiende en 12 semanas adicionales, hasta alcanzar las 24 semanas íntegras, mediante un permiso de postnatal parental que se entrega a las mamas trabajadoras y que tendrá un subsidio equivalente a la remuneración con tope de 66 UF brutas.
Las mujeres son libres de elegir la mejor forma de ejercer este nuevo derecho, donde se puede optar a las 12 semanas adicionales con permiso completo, 100% de subsidio con tope de 66 UF o 18 semanas a media jornada, con 50% de subsidio.
Tengo más de un año trabajando en la misma empresa y no he salido de vacaciones ¿Tengo derecho?
El artículo 67 del Código del Trabajo dispone que los trabajadores con más de un año de servicio tendrán derecho a un feriado anual de quince días hábiles, con derecho a remuneración íntegra que se otorgará de acuerdo con las formalidades que establezca el reglamento. Por su parte, el artículo 70 del mismo cuerpo legal, en su inciso 1º, establece que el feriado deberá ser continuo, pero el exceso sobre diez días hábiles podrá fraccionarse de común acuerdo.
¿Cómo averiguo si mis imposiciones (cotizaciones previsionales) y pagos de salud se encuentran pagadas y al día?
Debe concurrir personalmente a la AFP o INP, en el caso de las cotizaciones previsionales, y a la ISAPRE o FONASA, donde se encuentra afiliado y pedir una cartola donde figura el estado de sus cotizaciones previsionales y de seguridad social. En caso de no estar al día, debe hacer la consulta ante la misma Institución, ya sea AFP o INP; ISAPRE o FONASA.
¿Qué es el acoso sexual?
Se produce Acoso Sexual cuando una persona – hombre o mujer – realiza en forma indebida, por cualquier medio, requerimientos de carácter sexual, no consentidos por la persona requerida – hombre o mujer – y que amenacen o perjudiquen su situación laboral o sus oportunidades en el empleo.
El Acoso Sexual es un problema que afecta a la dignidad de los trabajadores, perjudicando el clima laboral de la organización o empresa. El empleador tiene la obligación de incorporar en el Reglamento Interno un procedimiento para tramitar denuncias de Acoso Sexual, medidas de resguardo para la acosada o acosado y sanciones para el acosador o acosadora.
En el trabajo soy víctima de constantes burlas y abusos por parte de mis pares y/o mi jefe. ¿Qué puedo hacer?
Es muy probable que usted sea víctima de lo que hoy se conoce como mobbing. El mobbing es una conducta consciente y sistemática, repetitiva, de hostigamiento contra un trabajador. La más común es la que se da de un jefe a un empleado (descendente), pero también se puede dar entre pares (horizontal) o incluso de subordinados hacia sus jefes (ascendente).
Si bien puede darse en forma de gritos y amenazas, una de las formas más comunes se manifiesta aislando a la víctima de su entorno laboral.
Aunque no existen leyes que se refieran expresamente al mobbing, hoy en día si se pueden aplicar fundamentos jurídicos que establecen principios generales de respeto a los derechos fundamentales de los trabajadores.
Acérquese a nosotros y discutamos sus inquietudes.
Me han despedido de mi trabajo y considero que éste ha sido injusto o improcedente ¿Qué debo hacer?
El trabajador que ha sido despedido y que considere que dicha aplicación es injustificada, indebida o improcedente, o que no se haya invocado ninguna causal legal, podrá recurrir al juzgado competente, dentro del plazo de 60 días hábiles, contado desde la separación, a fin de que éste así lo declare.
En este caso, el juez ordenará el pago de las indemnizaciones legales correspondientes. Además se aumentará la indemnización por años de servicio en un 30, 50 u 80% según sea el caso.
El plazo contemplado de 60 días hábiles se suspenderá cuando, dentro de éste, el trabajador interponga un reclamo por cualquiera de las causales indicadas, ante la Inspección del Trabajo respectiva. Dicho plazo seguirá corriendo una vez concluido este trámite ante dicha Inspección. No obstante lo anterior, en ningún caso podrá recurrirse al tribunal transcurridos noventa días hábiles desde la separación del trabajador.
¿El contrato de arriendo debe estar escriturado? ¿Qué pasa si no lo está?
No necesariamente, pero siempre es aconsejable escriturarlo y en lo posible firmarlo ante notario.
Si usted entregó una propiedad en arriendo y no escrituró el contrato deberá contar con testigos, u otros documentos, como por ejemplo recibos de pago, para acreditar la existencia del contrato de arriendo en un eventual juicio.
¿Qué pasa si el arrendatario no paga las rentas?
Podrá demandar al arrendatario para que se declare la terminación del contrato de arriendo y conjuntamente podrá cobrar el pago de las rentas que se adeudan, los pagos de los consumos de electricidad, gas, agua potable y de riego; gastos comunes y otras prestaciones similares. Se deberán los pagos que se generen incluso durante la tramitación del juicio, hasta que se restituya el inmueble o el pago se efectúe.
¿Dónde debo solicitar la posesión efectiva?
Si la persona que falleció no otorgó testamento debe concurrir a cualquier oficina del Registro Civil a efectuar el trámite.
Si la persona que falleció otorgó testamento, el trámite se debe realizar en Tribunales de Justicia con la asesoría de un abogado.
¿Qué debo hacer para recuperar una propiedad de la cual soy dueño, que está siendo ocupada por otra persona gratuitamente y sin que haya habido un contrato de arriendo?
Deberá demandar al ocupante de la propiedad en juicio de precario o comodato precario, según sea el caso, asesorado por un abogado. Para ello deberá contar con, a lo menos, el certificado de dominio vigente extendido por el Conservador de Bienes Raíces respectivo. Este juicio busca la restitución del inmueble, ordenando el desalojo de sus ocupantes.
¿Quiénes pueden solicitar o demandar el divorcio?
Hoy en día el divorcio lo pueden solicitar ambos cónyuges de común acuerdo que acrediten que han cesado en la convivencia durante un lapso mayor a un año.
Sin embargo, lo podrá demandar tan solo uno de los cónyuges cuando el cese de la convivencia se ha producido por el transcurso de a lo menos tres años.
Además, lo podrá demandar uno de los cónyuges, por falta grave a los deberes que impone el matrimonio y que torne intolerable la vida en común, sin necesidad que haya habido cese de la convivencia. Constituyen faltas graves a dichos deberes, entre otros, atentado contra la vida o malos tratos, infidelidad, conductas homosexuales, alcoholismo o drogadicción, etcétera.
¿Qué pasa con los hijos si quiero demandar o solicitar el divorcio?
En los casos en que ambos cónyuges soliciten el divorcio deberán, además de acreditar que han cesado su convivencia, acompañar un acuerdo que regule sus relaciones mutuas y con respecto a sus hijos. Es decir, deberán manifestar ante el Tribunal de qué manera se ocuparán de materias tales como alimentos, relación directa y regular, cuidado personal y una eventual compensación económica.
Por otro lado, si se ha demandado el divorcio de manera unilateral, será el juez quien velará porque los hijos comunes, especialmente los menores de edad, tengan reguladas las materias de alimentos, relación directa y regular (visitas) y cuidado personal (tuición) al momento de declarar el divorcio.
¿Qué es la compensación económica?
La compensación económica es una figura legal novedosa en nuestro Derecho de Familia, incorporada por la Ley Nº 19.947, Nueva Ley de Matrimonio Civil. En términos prácticos, la compensación económica es el nombre que recibe el derecho del cónyuge cuyo matrimonio ha terminado por divorcio o declaración de nulidad, y que ha sufrido un menoscabo económico como consecuencia de su dedicación al cuidado de sus hijos o a las labores propias del hogar común, que le impidió desarrollar una actividad remunerada o lucrativa durante el matrimonio o que solo se lo permitió realizar en menor medida de lo que podía o quería, para que el otro cónyuge le compense ese menoscabo económico.
¿Quiénes pueden demandar alimentos?
Los alimentos que corresponden a los descendientes y a los hermanos pueden ser pedidos para los menores de 21 años, excepto que estén estudiando, caso en el cual, pueden pedirlos hasta los 28 años, o que les afecte alguna incapacidad física o mental que les impida subsistir por sí mismos.
¿Puedo demandar personalmente en Tribunales de Familia?
No. Es obligatorio demandar representado por abogado, excepto que el juez lo permita expresamente, o que se trate de alguno de los siguientes asuntos:
¿Qué es la violencia intrafamiliar?
Todo maltrato que afecte la vida o la integridad física o síquica de quien tenga o haya tenido la calidad de cónyuge del ofensor o una relación de convivencia con él; o sea pariente por consanguinidad o por afinidad en toda línea recta o en la colateral hasta el tercer grado inclusive, del ofensor o de su cónyuge incluso, el tercer grado del ofensor o de su cónyuge o de su actual conviviente.
También habrá violencia cuando la conducta referida anteriormente ocurra entre los padres de un hijo común, o recaiga sobre una persona menor de edad o discapacitada que se encuentre bajo el cuidado o dependencia de cualquiera de los integrantes del grupo familiar.
¿Qué puedo hacer ante un caso de violencia intrafamiliar?
Podrá denunciar el hecho a Carabineros o Policía de Investigaciones, quienes remitirán los antecedentes al Tribunal correspondiente o podrá denunciar el hecho directamente en el Tribunal de Familia que corresponda.
El Tribunal adoptará las medidas tendientes a garantizar la vida, integridad personal y seguridad de los miembros de la familia.
¿Qué es la mediación?
Es un sistema de resolución de conflictos en el que un tercero imparcial, sin poder decisorio, llamado mediador, ayuda a las partes a buscar por si mismas una solución al conflicto y sus efectos, mediante acuerdos.
En todas las regiones y ciudades del país existen centros de mediación licitados en los cuales usted podrá efectuar el trámite de mediación de manera gratuita. Esta información es importa, toda vez que en materias como alimentos, relación directa y regular (visitas) y cuidado personal (tuición), previo a demandar la ley exige someter dicha discusión al procedimiento de mediación familiar.